Formación Bonificada

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Formación Bonificada

La formación bonificada para empresas, o llamadas formación programada o continua, es una formación subvencionada mediante la cual las empresas proporcionan a sus trabajadores formación relacionada con la actividad de la empresa o puesto de trabajo, con la finalidad de que se actualicen o mejoren sus competencias.

 

Esta formación es gratuita para los trabajadores y supone un coste 0 € a las empresas, en caso que dispongan de créditos para la formación, siendo el importe de la acción formativa bonificable de las cuotas de la Seguridad Social.

 

Las empresas disponen de un crédito anual para gastar en la formación de su plantilla. Podrán aplicar una bonificación por el importe de los cursos que hayan realizado de formación bonificada, como máximo hasta dicho importe.

 

Requisitos para las empresas:

  • Disponer de trabajadores en plantilla dentro del Régimen General.
  • Estar al corriente en sus pagos a Hacienda o Seguridad Social.

 

Créditos para realizar formación bonificada

Todas las empresas españolas disponen del derecho a realizar formación bonificada para sus trabajadores, para ello disponen de un crédito anual. Este crédito está disponible para cada empresa y variará según las cotizaciones que haya realizado la empresa durante el ejercicio anterior, relativas a la contingencia por formación profesional y el volumen de plantilla que tuviese.

 

Las PYMES de hasta 5 trabajadores y empresas de nueva apertura también pueden acceder a la formación, para ello dispondrán de un crédito de mínimo 420 €. Esta cantidad, establecida por el gobierno, se ha fijado con el fin de garantizar el acceso a la formación a trabajadores de pequeñas empresas.

 

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420 €.
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada

La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio establece el crédito mínimo de formación.

 

como-bonificarte

Pasos para Bonificarte

1.     Calcula tu crédito

 

  • El crédito de formación es la cuantía de la cual dispone tu empresa durante el año como ayuda para la formación que impartes a tus trabajadores.
  • Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).
  • La aplicación lo calculará automáticamente a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • No obstante, si deseas calcular el crédito disponible para tu empresa, lo más sencillo es que introduzcas tus datos en el simuladorde FUNDAE.

 

2.     Date de alta en la aplicación

 

  • Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Programada por las empresas de FUNDAE. Dicha gestión puede realizarla la propia empresa (bonificada), o una entidad organizadora. En el caso de grupos de empresas, la gestión puede realizarla una de las empresas del grupo designada para tal fin.

 

  • Si vas a actuar como gestor administrativo (realizas únicamente las comunicaciones en la aplicación), la empresa deberá darse de alta con el perfil bonificada (o grupo de empresas), y autorizarte como usuario con el perfil “gestor”.

 

3.     Informa a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT)

  • Si la empresa no tiene RLT, salta directamente al punto 4. Comunica el inicio del curso.
  • Si en tu empresa existe cualquier forma de Representación Legal de Trabajadores (RLT), ésta debe ser informada de la formación bonificada que esté previsto realizar (acciones formativas y PIF).

 

4.     Comunica el inicio del curso

  • Para comunicar el inicio del curso, en primer lugar, deberás dar de alta en la aplicación la acción formativa, y a continuación comunicar el inicio del grupo formativo:
    • Alta de las acciones formativas
    • Comunicación de inicio del grupo formativo

5.     Realiza la formación

 

Durante el desarrollo de la formación, deberás tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • La formación debe ser gratuita para los participantes.
  • La duración total del curso no puede ser inferior a 2 horas.
  • La formación no puede superar las 8 horas diarias, a menos que se haga en un solo día.
  • El número de participantes no deberá exceder 30 en modalidad presencial (25 si se trata de un Certificado de profesionalidad), y 80 por tutor en teleformación.
  • En el caso de modalidad presencial, debe cumplimentarse el Modelo de control de Asistencia (en la modalidad de teleformación, las plataformas deberán posibilitar el registro de la actividad de los participantes).
  • Al finalizar el curso, deberá entregarse a los participantes el Cuestionario de evaluación del curso.
  • En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del curso, debe entregarse a los participantes un certificado de asistencia o diploma.

6.     Comunica la finalización del curso

  • Antes de aplicar la bonificación, debes comunicar la finalización del curso a través de la aplicación, desde su fecha de fin y, en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.
    • Para realizar este paso, deberás informar de:
      • Los datos de los participantes que han finalizado la formación (que hayan realizado 75 % del curso).
      • Los costes del curso (directos, indirectos y de organización).
      • La cuantía y el mes en el que te vas a bonificar.

 

  • La aplicación calculará el coste máximo por el cual te podrás bonificar, que será el menor de estos tres importes:
    • Crédito disponible
    • Costes incurridos en el desarrollo de la formación
    • Límite de costes

 

    • Cofinanciación privada
  • Si tu empresa tiene más de 5 trabajadores, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación a lo largo del año. Para el cálculo de esta aportación, se tendrán en cuenta los Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.
      • La aplicación calculará la cofinanciación de la siguiente forma:
  • (costes de formación + costes salariales) – bonificación aplicada

 

7.     Bonifica la formación

  • Una vez comunicada la finalización en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, puedes aplicarte la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.

 

  • Para ello, debes cumplir los siguientes requisitos:
    • Estar al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social
    • En su caso, haber informado a la RLT
    • Haber comunicado el inicio, realizado y comunicado la finalización de la formación

 

8.     Consulta el resultado

  • Debes conservar, durante un plazo de cuatro años, la documentación acreditativa de las acciones formativas por las cuales te has practicado la bonificación, por si ésta te fuera requerida.
  • Una vez finalizado el ejercicio, FUNDAE comprobará las bonificaciones practicadas para asegurar la corrección de las mismas:
  • Que no hayas superado el crédito disponible
  • Que has cumplido los requisitos (información a la RLT, cofinanciación, etc.)
  • Los resultados de las actuaciones de seguimiento y control, si las has tenido.
  • Vida laboral de los participantes.

 

FuenteFUNDAE ¿Cómo bonificarte?

 

FORMACIÓN BONIFICADA

VQM colabora con AEOT como Entidad de Formación y Organizadora inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación para impartir, dentro de la iniciativa de Formación Programada por las Empresas, formación profesional para el empleo distinta de las especialidades formativas incluidas en el Catálogo de especialidades formativas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.

La mayoría de nuestros cursos son bonificables. Visita nuestra Academia.

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