Embarcaciones de Recreo ¿Qué son?
Se entiende por embarcaciones de recreo a todas aquellas naves con una tripulación no mayor de 12 personas, y que a nivel técnico tengan una eslora de casco entre 2,5 y 24 metros y de cualquier medio de propulsión y que la finalidad de la misma sea para recreación o deporte.
Tipos de embarcaciones de recreo:
Embarcaciones de playa
Son aquellos tipos de navegaciones usados por particulares o escuelas náuticas como por ejemplo:
• Piraguas.
• Kayaks.
• Canoas.
• Patines de pedales (o de motor con potencia inferior a 3,5 kilovatios).
• Tablas de vela.
• Tablas deslizantes con motor .
• Instalaciones flotantes fondeadas.
• Barcas inflables.
• Tablas de surf.
Motos acuáticas
Es un tipo de navegación ligera al movimiento por sus dimensiones. Dependiendo de la potencia de la misma requerirá ciertos permisos.
Embarcaciones de vela grande
Son navegaciones como por ejemplo los catamaranes, que están formados por dos cascos unidos por un esqueleto que ayuda a la estabilidad y permite un placentero viaje. Este tipo de embarcaciones con vela son usados en zonas donde hay fuertes brisas marinas o también se apoyan con el uso de motores.
Lanchas
Tienen la proa más amplia que la popa y algunas tienen un timón para dar dirección. Son útiles para que un grupo de personas bordeen la zona costera. También para practicar deportes como sky, tubing o pesca. Algunas poseen cabinas, usualmente son embarcaciones de recreo y de fin de semana.
Yates
Son embarcaciones catalogadas como de lujo, más espaciosas y para navegar mayores distancias. Más que todo usadas como embarcaciones deportivas y para aguas más tranquilas.
Licencias de navegación
Es la permisología requerida dependiendo de la embarcación que se conduzca en cuanto a potencia y dimensiones.
Estas licencias son emitidas por las escuelas náuticas de recreo y federaciones de vela y motonáutica luego de la aprobación de un curso teórico – práctico sobre las medidas de seguridad y navegación.
Hay varios tipos de carnet náuticos. A continuación un breve resumen de alguno de ellos:
Patrón de moto náutica
C: Permite manejar motos acuáticas de potencias menores a 55 C.V (o 41 kilovatios).
B: Permite manejar motos acuáticas de potencias entre 55 C.V. y los 110 C.V. (de 41 a 82 kilovatios). Adicionalmente es necesario aprobar las pruebas prácticas.
A: Permite manejar motos acuáticas de potencias superiores a los 110 C.V. o 82 kilovatios. También es necesario aprobar las pruebas prácticas.
Patrón de Navegación Básica (PNB)
Es un permiso para la navegación de embarcaciones hasta 5 millas y son más espaciosas, de hasta 8 metros de eslora. Para obtenerlo exigen prácticas de seguridad y reglamentación de radiocomunicaciones así como un informe de aptitud psicofísica.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
Es un permiso para la navegación de embarcaciones hasta 12 millas y de hasta 15 metros de eslora. Para obtenerlo exigen prácticas de seguridad y reglamentación de radiocomunicaciones así como un informe de aptitud psicofísica, pero adicionalmente es necesario el curso de radio operador de corto alcance.
Patrón de Yate
Es un permiso para la navegación de embarcaciones hasta 150 millas y de hasta 24 metros de eslora. Para obtenerlo exigen tener el carnet PER (patrón de embarcaciones de recreo).
Capitán de Yate
Es el máximo permiso para la navegación de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora y sin límites geográficos. Para obtenerlo adicionalmente a las exigencias de los otros permisos cuesta aproximadamente 1000 euros obtener dicha licencia.
Matriculación e inscripción de embarcaciones recreo
La inscripción es el acto administrativo para registrar las embarcaciones de recreo que cumplan con la legislación. Es muy importante que la embarcación cuente con el marcado CE (Cumple Especificaciones).
La matriculación es el acto administrativo donde se asigna un código alfa-numérico a la embarcación y que da información sobre el registro de la misma.
Es obligatorio matricular todo barco mayor de 2,5 metros de eslora, siempre que no se trate de “artefactos de playa”.
En España, La inscripción, matriculación y abanderamiento de las embarcaciones de recreo son realizadas por el órgano responsable llamado Dirección General de la Marina Mercante.
Seguridad a bordo de las embarcaciones
El equipo de seguridad y salvamento dependerá de la zona de navegación, por ejemplo, en la costera, alta mar, oceánica, o agua protegidas.
Los equipos de seguridad que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo vienen regulados en el Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo. (https://boe.es/buscar/pdf/2021/BOE-A-2021-8268-consolidado.pdf)
El equipo de seguridad no es un protocolo, sino que es muy necesario e importante a la hora de salvar vidas en una situación de emergencia.
Entre ellos se pueden mencionar:
Chalecos Salvavidas:
- Deben estar accesibles a la tripulación.
- Debe haber uno para cada persona.
- Deben revisarse anualmente por servicio autorizado.
- Deben mantenerse limpios y con las hebillas engrasadas.
- Dependiendo de la flotabilidad la normativa CE (Cumple Especificaciones) los clasifica según los N (Newtons) sabiendo que 10 Newtons son equivalentes a 1 Kg de empuje de flotación:
- Chaleco 50N (Newtons): Aguas calmadas y cercanas a la orilla.
- Chaleco 100N: Esperar un rescate flotando en aguas calmadas.
- Chaleco 150N: Soportar mal tiempo en mar abierto.
- Chaleco 275N: Soportar situaciones extremas en mar abierto y con ropa de abrigo.
Equipo contra incendio:
- Deben estar accesibles a la tripulación.
- La tripulación debe saber cómo usarlo.
- Deben revisarse periódicamente por servicio autorizado.
- Debe haber un extintor dependiendo del tipo de fuego (hay 5 clases = A,B,C,D,E,F). Los incendios de origen eléctrico suelen ser los más comunes.
Salvavidas:
- Usados en caso de “Hombre al Agua”.
- Deben ubicarse en la popa o en las aletas con luz y sistema de rápido soltado.
- Debe colocarse el nombre de la embarcación en los salvavidas.
Balsas:
- Deben ubicarse en cubierta.
Material Pirotécnico (Bengalas y Cohetes):
- Almacenarlo en lugar seco y fuera del alcance de los niños.
- Conocer de memoria las instrucciones de uso.
- También utilizar lámparas de destello como complemento.
Arnés de Seguridad:
- Es para evitar caídas al agua por eso deben ser de corta longitud.
- De preferencia es mejor el arnés completo que se coloca debajo de los brazos y entre las piernas.
- Muchos arneses contienen el agarre al pecho, sin embargo, hay más riesgo de ahogamiento de esta forma si se cae al agua, de allí, lo recomendable que el agarre sea por la espalda.
Traje de supervivencia:
- Usados para travesías largas y aguas frías.
- Es muy importante practicar para colocárselo rápidamente ya que es bastante engorrosa su colocación.
Botiquín de Primeros Auxilios:
- Kit de lentes, tubo y aletas, de buceo.
- Cuchillo afilado para cortar cabos.
- Bombas de achique portátiles, además de las exigidas por las reglas.
- Mochila de supervivencia con:
- Radiobaliza.
- Equipo portátil de VHF.
- Navaja de bolsillo.
- Alimentos energéticos.
- Linterna estanca (pilas).y linterna estroboscópica.
- Cordeles y cabos de distintas menas y longitudes.
- Bolsas de basura de varios tamaños.
- Bengalas y cohetes.
- Agua Potable.
- Muda de ropa seca y de abrigo.
A continuación le dejamos para su consulta la legislación sobre equipos de seguridad abordo de una embarcación.
BOE embarcaciones de recreo
Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-8268
Para saber más sobre el manual de seguridad para embarcaciones puede consultar aquí
https://www.mitma.gob.es/marina-mercante/nautica-de-recreo/normas-de-seguridad-y-recomendaciones
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